LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS FIELES Y LA VIDA PARROQUIAL
Por: Pbro. Juan Alberto Pequeño Macías
-dimensión individual y comunitaria de la fe-
En los cánones 208 al 223 del Código de Derecho Canónico encontramos las normas dedicadas a los derechos y obligaciones de los fieles; pero antes de entrar en materia de derechos es necesario definir a quien se le denomina fiel según la legislación vigente de la Iglesia.
En la Iglesia católica se llama fiel al bautizado (c. 96); -aunque los catecúmenos estén en preparación para recibir el bautismo se relacionan de una manera especial con la Iglesia que los acoge ya como suyos (c. 206 § 1)-. Toda persona por el hecho de ser bautizada tiene la condición de fiel, así nos lo advierte el canon 204 § 1: Son fieles cristianos quienes incorporados a Cristo por el bautismo, se integran en el pueblo de Dios y, hechos partícipes a su modo por esta razón de la función sacerdotal profética y real de Cristo, cada uno según su propia condición, son llamados a desempeñar la misión que Dios encomendó cumplir a la Iglesia en el mundo.
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